Comuna insta a comprar sólo aquellos lotes registrados y avalados por normas locales.
Recordaron que para vender fracciones de un predio previamente se necesita un aval del Municipio. Esto rige desde el 2011. El incumplimiento de esa y otras legislaciones, habilita a las autoridades a frenar la comercialización o acudir a la Justicia.
“Es importante que aquella persona que como inversión o para construir su casa compra un lote, corrobore primero que esa propiedad cumple con todos los requisitos establecidos tanto en la legislación general como en la municipal”, advirtieron desde la Municipalidad de Paso de la Patria.
Esto, remarcaron, evitará futuros inconvenientes. Considerando en este contexto que la adquisición de terrenos no registrados luego genera dificultades al comprador, a los vecinos y a la Comuna.
Días atrás, el Ejecutivo difundió en su página web oficial la ordenanza 177/11 que establece en su artículo primero que “todo trazado de vías públicas y proyectos de fraccionamiento que se propongan realizar los particulares, deberá obtener previamente la autorización de la Municipalidad”. Mientras que el siguiente artículo ordena “prohibir la transferencia de inmuebles que no cumplan con lo preceptuado” en la citada norma.
Consultados sobre esto, desde el área técnica del Municipio comentaron que resolvieron comenzar a difundir diferentes legislaciones vigentes “para evitar que las personas realicen una mala inversión. Es decir, se compren un problema en vez de una propiedad”.
En este contexto, indicaron que “el comprador debe saber que si, por ejemplo, sólo le dan los derechos posesorios, luego deberá afrontar todo un proceso judicial para conseguir el título”. Pero además de esto, “tiene que tener en cuenta que si le ofrecen un lote en una zona que no está urbanizada, es necesario que corrobore que ese inmueble esté asentado tanto en el Registro de la Propiedad y en la Comuna. Caso contrario, en vez de tener una mensura que acredite dónde está lo que compró y la dimensión que posee, sólo obtendrá un croquis estimativo y eso puede ser un problema”.
Con respecto a eso último, recordaron que “por ejemplo la legislación vigente establece que, al momento de lotear varias hectáreas para el emplazamiento de viviendas, un 10% debe ser reservado para lo que será el pulmón verde de la zona y otro 2% para el trazado de espacios públicos, como son las calles”.
Impuestos
A las dificultades que puede originar lo expuesto anteriormente, se suma que el Municipio tampoco tiene la posibilidad de percibir tributos de terrenos que no estén registrados como habitados. Una cuestión que señalaron que no es menor porque los recursos recaudados permiten que “por ejemplo, luego se puedan realizar mantenimiento de las vías de acceso”.
Demolición
Debido a que existirían casos en los cuales particulares habrían colocado cercas o realizado otro tipo de obras en espacios que en realidad eran calles públicas, hace un par de semanas, el Concejo “aprobó una ordenanza que establece que se debe aplicar un protocolo de demolición cuando se registra ese tipo de situaciones”, señalaron. Al mismo tiempo, acotaron que “ahora el Ejecutivo ya está elaborando la reglamentación de esa norma que saldrá a través de la resolución correspondiente”.
Fuente | ellitoral.com.ar