Ya no existirá el tope de US$ 200 por mes para acceder al mercado oficial de cambios. Tampoco se pagarán impuestos por la compra venta de divisas.
Era una de las medidas económicas posibles, pero pocos esperaban que se hiciera realidad tan rápido. En conferencia de prensa en el que anunció el otorgamiento del crédito del FMI, el Gobierno anunció el fin de las restricciones de compra de dólares para las personas físicas y jurídicas, es decir, que ya no habrá más cepo cambiario.
Esto implica, que tanto particulares como empresas podrán dolarizar sus carteras sin restricciones, con lo que ya no tendrá sentido el dólar blue o paralelo, a menos que se llegue al tope máximo del sistema de flotación cambiaria propuesto por el Gobierno.
El anuncio, según explicó el ministro Caputo, fue posible a partir del «respaldo financiero» del FMI por US$ 20.000 millones, de los cuales US$ 15.000 millones serán de libre disponibilidad en 2025.
El gobierno destinará esos recursos líquidos a fortalecer el balance del BCRA a través de la recompra de Letras Intransferibles por parte del Ministerio de Economía.
La medida fue tomada a partir de la Comunicación A 8226 que establece las siguientes modificaciones al régimen de acceso al Mercado Libre de Cambios:
Para las Personas Humanas:
Se levanta el cepo, eliminando el límite de US$ 200 de acceso al mercado de cambios y se eliminan todas las restricciones impuestas durante la pandemia respecto a subsidios, el empleo público y otros. Además, se eliminará la percepción impositiva existente a la adquisición de moneda extranjera.
Las Importaciones de bienes podrán pagarse a través del mercado de cambios a partir del registro de ingreso aduanero (previamente era 30 días)
Las Importaciones de bienes por parte de empresas MiPyMEs podrán pagarse a través del MLC a partir del despacho del puerto de origen (previamente era 30 días a partir del registro de ingreso aduanero)
Las Importaciones de servicios podrán pagarse a través del MLC a partir del momento de prestación del servicio (previamente era 30 días)
Las Importaciones de bienes de capital podrán pagarse a través del MLC con un 30% de anticipo, 50% a partir del despacho del puerto de origen y 20% a partir del registro de ingreso aduanero (previamente era un 20% de anticipo y solamente para MiPyMEs)
Las Importaciones de servicios entre empresas vinculadas podrán pagarse a través del MLC a partir de que se cumplan 90 días de la fecha de prestación del servicio (previamente era 180 días)
El BCRA eliminará por única vez la restricción de 90 días anteriores contenidos en la Comunicación A 7340 (la “restricción cruzada”), para permitir que las personas jurídicas puedan volver a operar en el MLC en forma eficiente.
Para las Personas Jurídicas:
Se autoriza el acceso al Mercado Libre de Cambios para pagos de dividendos a accionistas no residentes correspondientes a las utilidades obtenidas en los balances cuyos ejercicios comiencen a partir del 1 de enero de 2025.
El BCRA está trabajando en el diseño de una nueva serie de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Estos títulos podrán ser adquiridos en pesos, para afrontar obligaciones con el exterior relacionados con deudas o dividendos previos al 2025, y deudas comerciales con fecha previa al 12 de diciembre de 2023.
Se derogará el Programa de Incremento Exportador (80/20 o dólar blend) para la liquidación de exportaciones.
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